La declaración de la renta comienza este miércoles 8 de abril . La campaña se prolongará durante casi tres meses hasta el 30 de junio, un periodo en el que millones de contribuyentes deberán declarar sus rendimientos correspondientes a 2025. Aunque existen criterios y normas a nivel nacional, los ciudadanos de las distintas comunidades autónomas pueden beneficiarse de deducciones por residir en esta localidad. En Galicia, por ejemplo, existen hasta 25 deducciones aplicables en la declaración de la renta. La Xunta explica en el documento disponible que la aplicación de todas estas deducciones «quedará en todo caso condicionada a la justificación documental adecuada y suficiente del supuesto de hecho y a los requisitos que determinen su aplicabilidad». Para la campaña correspondiente al ejercicio 2025, Galicia introduce varias deducciones autonómicas nuevas en el IRPF que buscan apoyar a los contribuyentes atendiendo a situaciones familiares, de vivienda o por la recuperación de desastres, entre otros. Por ejemplo, en relación a esto último, se incluyen deducciones por subvenciones recibidas por daños de incendios forestales en 2025 (activación del PEIFOGA en Situación 2). También habrá beneficios fiscales para los enfermos de ELA o para los afectados por la talidomida (1950-1985). Además, las familias contarán con una deducción del 15% de las cantidades satisfechas por la adquisición de libros de texto y material escolar para las etapas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, con un límite de 105 euros por cada descendiente matriculado. Para ello, la renta per cápita de la unidad familiar deberá ser igual o inferior a 30.000 euros. En lo que se refiere a la vivienda, en Galicia se aplica de cara a esta campaña de la renta una deducción por gastos derivados de la adecuación de inmuebles vacíos con destino al arrendamiento como viviendas. Además, el arrendamiento de viviendas vacías permite una deducción de 500 euros. Todas las deducciones que se pueden aplicar en Galicia están explicadas al detalle por la Agencia Tributaria en la siguiente página web . Es obligatorio presentar la declaración de la renta para todas aquellas personas que recibieron en 2025 más de 22.000 euros anuales de un solo pagador. En el caso de que las tuvieron dos pagadores, el mínimo se eleva hasta los 15.876 euros, siempre que se recibiera por parte del segundo pagador y posteriores más de 1.500 euros.