La declaración de la renta comenzó este 8 de abril y se extenderá durante casi tres meses. Es el momento de declarar todos los rendimientos del 2025, por lo que los contribuyentes deben tener clara su situación económica y su situación personal. Aunque la renta se presente este 2026, se declaran las situaciones de 2025. Los afectados por la dana que causó daños en diversos municipios de Valencia y Albacete en octubre de 2024 han seguido recibiendo ayudas durante el pasado año. En el caso de los daños materiales, las personas afectadas han enfrentado un proceso de reconstrucción, ya que muchas lo perdieron todo: casas, negocios, coches y otros enseres. Para paliar esta situación, los gobiernos autonómicos de la Comunidad Valenciana y de Castilla-La Mancha pusieron en marcha diversas deducciones aplicables en esta campaña de la renta. Se trata de medidas entre las que se encuentran, por ejemplo, la exención de tributación en IRPF de las ayudas recibidas por daños personales y materiales, incluidas las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros. En el caso de las cantidades abobadas por empleadores para sufragar daños en viviendas, vehículos y enseres están exentas si se justifican mediante certificado de aseguradora o de un organismo público. Hay que tener en cuenta que en esta declaración de la renta todas las ayudas recibidas durante 2025 están exentas. No tributan y no hay que incluirlas, aunque los afectados también tienen deducciones disponibles de las que se pueden beneficiar. En la Comunidad Valenciana existe un deducción por reparación de vivienda habitual. Es el 100% de los gastos de reparación con un máximo de 2.000 euros , aunque hay que tener en cuenta que todo se debe justificar mediante facturas. En este caso, entran los gastos de reparación siempre que se hayan pagado por transferencia, cheque o ingreso bancario. Los arreglos en zonas comunes de un edificio también en caso de que no los cubra el seguro. Los daños deben haber sido causados directamente por la dana y el máximo siempre dependerá de los ingresos ya que cuanto más se gane se reducirá de forma progresiva. La deducción es compatible con otras deducciones autonómicas o estatales. Otra de las deducciones en este territorio es por aportaciones a los fondos propios que desarrollen actividades económicas. La deducción es del 45% de las cantidades invertidas en la suscripción y desembolso de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución o de ampliación de capital de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y sociedades laborales o de aportaciones voluntarias u obligatorias efectuadas por los socios a las sociedades cooperativas. El máximo es de 9.900 euros por contribuyente y la base de la deducción no podrá superar el 30% de la base liquidable del contribuyente. Se debe tener domicilio fiscal y social dentro del ámbito de aplicación y mantenerlo durante tres años siguientes. En el caso de las entidades ya existentes a fecha de 13 de noviembre de 2024 deberá haber solicitado un ERTE . Por otro lado, en cuanto a otras ayudas fiscales existe una exención del IBI, del Impuesto sobre Actividades Económicas, las ayudas directas también están exentas y una reducción en el IVA para autónomos. Estas son las ayudas disponibles en la Comunidad Valenciana. Para optar a ellas hay que estudiar bien todos los condicionantes y requisitos para presentar bien la declaración y con el mejor resultado posible.