La justicia da carpetazo, por ahora, a uno de los sucesos más graves registrados en la hostelería viguesa en los últimos años. La titular del juzgado de instrucción ha decretado el archivo provisional de la causa abierta por la botella de agua con gas que contenía sosa cáustica y que provocó severas quemaduras internas a un cliente en un restaurante de Vigo. La resolución lo atribuye a un "previsible y evitable error humano", pero admite que no ha sido posible identificar al responsable.El afectado, el empresario Pablo González, ha reaccionado con dureza: "Es decepcionante e indignante". Anuncia que recurrirá la decisión judicial y seguirá batallando para que el caso se reabra. "No han investigado a fondo. Así se deja el camino abierto a que esto se repita", sostiene.Los hechos se remontan al 12 de abril de 2025. González, vecino de Salvaterra do Miño, pidió una botella de agua mineral con gas en un establecimiento de Vigo. Nada hacía sospechar lo que ocurriría después: abrió la botella, se sirvió en un vaso con hielo y limón y, al primer sorbo, sintió una quemazón extrema. "Era como quemarse vivo por dentro", relataría después.El análisis posterior confirmó que el contenido no era agua, sino una disolución de hidróxido sódico, sosa cáustica, una sustancia altamente corrosiva. Las consecuencias fueron devastadoras: lesiones graves en estómago y esófago que obligaron a su ingreso durante más de dos semanas y que, a día de hoy, requieren seguimiento médico continuo por el riesgo de desarrollar un cáncer de esófago.La investigación judicial, apoyada en informes de la Policía Nacional, descarta fallos tanto en la planta embotelladora como en la cadena de distribución. La hipótesis que sostiene el auto es que la botella, ya consumida previamente, fue rellenada con sosa cáustica dentro del propio local.Según la magistrada, alguien manipuló el envase "a pesar de la evidente previsibilidad" del riesgo. El error, añade, se vio agravado por el contexto: una botella de cristal, imposible de distinguir a simple vista, servida en un establecimiento de hostelería. El resultado fue que el cliente ingirió una sustancia potencialmente mortal.Sin embargo, el procedimiento se archiva por falta de autor. Ningún empleado reconoció los hechos, no hay testigos ni pruebas que permitan identificar a la persona que introdujo el líquido corrosivo. La jueza concluye que se trata de una infracción "a título individual", no atribuible al propietario del local, único investigado, ni a la empresa titular del establecimiento."No existe base objetiva para mantener la imputación", señala el auto, que también subraya que este tipo de delito no puede imputarse a una persona jurídica en estas circunstancias.Para González, la resolución deja demasiadas preguntas sin respuesta. Critica especialmente que no se haya profundizado en la posible responsabilidad de la embotelladora. "¿Cómo saben que fue el local y no el origen del producto?", insiste.Un año después, su vida no ha vuelto del todo a la normalidad. Aunque ha superado las restricciones alimentarias más severas, mantiene una dieta controlada y se somete a revisiones periódicas. "Tengo que hacerme pruebas cada año. El riesgo a padecer en el futuro un cáncer de esófago es muy elevado", explica.Más allá de su caso personal, su preocupación apunta a lo colectivo. "No busco culpables por castigar, sino saber qué pasó para que no le ocurra a nadie más", concluye.Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad en nuestro perfil de Google.