Nuevo decreto cambia la forma en que trabajadores independientes pagan aportes a seguridad social Imagen: Tomada de la cuenta oficial en X de la Alcaldía de VillavicencioPara millones de trabajadores independientes en Colombia, el pago de aportes a seguridad social ha sido durante años un proceso complejo, lleno de dudas sobre qué ingresos declarar, qué costos descontar y cómo evitar sanciones. Le puede interesar leer: Trabajadores por prestación de servicios pagarán menos por pensión y salud: Hay nuevo falloEsa incertidumbre ahora entra en una nueva etapa. El Gobierno Nacional expidió un decreto que modifica las reglas del juego y redefine de manera más clara —pero también más exigente— la forma en que se deben liquidar estos aportes. Se trata del Decreto 0379 de 2026, mediante el cual el Ministerio de Salud y Protección Social ajusta el procedimiento para calcular el ingreso base de cotización (IBC), un elemento clave para determinar cuánto deben pagar los trabajadores independientes al sistema de salud, pensión y riesgos laborales. Qué cambia con el nuevo decreto para los trabajadores independientes El cambio central es el método de cálculo. A partir de ahora, el proceso queda definido en tres pasos obligatorios: primero se debe tomar el ingreso bruto, luego descontar los costos asociados a la actividad económica y, finalmente, calcular el aporte sobre el ingreso resultante. Aunque esto puede parecer una fórmula conocida, el decreto introduce precisiones clave que cambian la forma en que se venía aplicando en la práctica. “Los trabajadores independientes… deberán determinar el ingreso bruto, descontar los costos asociados a la actividad económica… o aplicar el esquema de presunción de costos que expida la UGPP”, establece la norma . Antes de este decreto, el sistema permitía a los independientes utilizar un esquema de presunción de costos definido en un anexo técnico incluido en el Decreto 780 de 2016. Ese anexo establecía porcentajes estándar según la actividad económica, lo que facilitaba el cálculo, pero también generaba críticas porque no siempre reflejaba la realidad de cada trabajador. Además, ese esquema estaba basado en normas que perdieron sustento jurídico tras decisiones de la Corte Constitucional, lo que generó vacíos normativos y múltiples interpretaciones. Lea también: Los altos salarios que podrán ganar quienes pasen el concurso de empleos en la Procuraduría: superan los $20 millones El Decreto 0379 introduce un cambio clave: ahora los independientes podrán elegir entre dos opciones, pero bajo condiciones más estrictas: Descontar costos reales, siempre que cumplan con los requisitos del artículo 107 del Estatuto Tributario, es decir, que sean necesarios, proporcionales y estén debidamente soportados. Aplicar costos presuntos, definidos por la UGPP mediante resolución, según la actividad económica. La diferencia frente al modelo anterior es clara: ya no basta con aplicar porcentajes generales sin mayor control. Si el trabajador decide usar costos reales, deberá demostrar su validez. El decreto es explícito en este punto. La UGPP “podrá exigir los soportes de los costos… y en caso de no contar con ellos, tomará el coeficiente de costos determinado” oficialmente . Este cambio anticipa un mayor nivel de fiscalización por parte de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP). En la práctica, significa que los trabajadores independientes deberán llevar un mejor control de su contabilidad y conservar soportes de sus gastos, como facturas, contratos o comprobantes, si quieren reducir la base sobre la cual cotizan. Desde el punto de vista empresarial y tributario, esto implica que no todos los costos serán aceptados automáticamente. Solo aquellos que cumplan criterios fiscales podrán ser descontados. Otro punto clave del decreto es la eliminación del anexo técnico anterior que contenía el esquema de presunción de costos. “El presente decreto… deroga su anexo técnico”, señala la norma, lo que implica que el modelo anterior deja de ser aplicable y será reemplazado por nuevos esquemas definidos por la UGPP . Esto marca un cambio estructural, ya que traslada el peso de la definición de costos a resoluciones actualizables, lo que permitirá ajustar los porcentajes a la realidad económica. El decreto responde a varios factores. Por un lado, decisiones judiciales que obligaron al Gobierno a reglamentar nuevamente el sistema. Por otro, cambios en la economía de los independientes, incluyendo inflación, variaciones sectoriales y nuevas dinámicas laborales. Para los trabajadores, el cambio tiene implicaciones directas: mayor claridad en el cálculo de aportes, más responsabilidad en el manejo de soportes y un posible ajuste en el monto a pagar, dependiendo de los costos que puedan demostrar. Quienes no cuenten con soportes deberán acogerse a los porcentajes definidos por la UGPP, lo que podría resultar en bases de cotización más altas. Con la entrada en vigencia del decreto, el siguiente paso será la expedición de resoluciones por parte de la UGPP que definan los nuevos porcentajes de costos por actividad económica. Esto será clave para que los independientes entiendan cuánto pueden descontar y cómo deben prepararse. En adelante, el sistema será más técnico y exigente, pero también más alineado con la realidad económica. El reto estará en que los trabajadores se adapten a estas nuevas reglas y eviten errores que puedan derivar en sanciones. Puede interesarle leer: Viajar a un safari a África desde Colombia vale más de $30 millones por persona: este es el cálculoPara millones de independientes, este decreto no es un cambio menor: redefine cómo se calcula su aporte mensual y, en muchos casos, cuánto dinero deberán destinar al sistema de seguridad social.