Cambio que tendrían personas con pensiones: La clave del Consejo de Estado para suspender decreto

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Consejo de Estado suspendió de manera provisional decreto de traslado de pensiones. Foto: Pexels - Luis Becerra FotógrafoEl Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del decreto que reglamentaba el traslado de recursos pensionales desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) hacia el Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones. La decisión, de carácter cautelar, detiene temporalmente la aplicación de la norma mientras se estudia de fondo una demanda de nulidad en su contra.De acuerdo con el alto tribunal, el decreto no se limitó a desarrollar aspectos operativos de la ley, sino que habría incorporado disposiciones que modifican el alcance del traslado pensional previsto en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024. Este punto fue determinante para considerar que el Ejecutivo pudo haber excedido su facultad reglamentaria, al intervenir en materias reservadas al legislador.Pensionados en Colombia. Imagen: Generada con IA de Gemini¿Cuáles fueron los elementos clave para frenar el decreto pensional?Uno de los aspectos centrales analizados por la corporación fue el contenido del Decreto 415 de 2026, expedido por el Gobierno Nacional. Según el Consejo de Estado, esta norma fijaba condiciones y mecanismos para hacer efectivo el traslado de afiliados desde el RAIS hacia el régimen público, lo que en la práctica implicaba redefinir derechos y obligaciones de los cotizantes. Para el tribunal, este tipo de decisiones no puede adoptarse mediante decreto, sino a través de una ley aprobada por el Congreso.Recomendado: Gobierno hace oficial traslado de ahorros de fondos privados a Colpensiones: serían $25 billones y este es el decretoAdicionalmente, la corporación advirtió una posible afectación de derechos adquiridos y de las expectativas legítimas de los afiliados. En su análisis, señaló que las condiciones establecidas en la reglamentación podrían alterar las decisiones que los ciudadanos tomaron previamente sobre su afiliación pensional, lo que introduce un riesgo de inseguridad jurídica dentro del sistema y el cambio drástico que tendrían las personas con sus pensiones.La suspensión provisional implica que el decreto queda sin efectos mientras avanza el proceso judicial. Se trata de una medida preventiva orientada a evitar consecuencias irreversibles en el sistema pensional y a salvaguardar el principio de legalidad.El Consejo de Estado subrayó que esta medida no constituye un fallo definitivo, sino una decisión provisional basada en un análisis inicial de legalidad. El proceso continuará con el estudio de fondo, en el que se evaluará si el decreto debe ser anulado de manera definitiva o si, por el contrario, se ajusta al marco constitucional y legal vigente. Entretanto, la discusión sobre el alcance de la reforma pensional y sus mecanismos de implementación permanece abierta en el país.