Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: tomada de X@infopresidenciaEl presidente Gustavo Petro cambió las reglas de juego en materia de vocerías del Gobierno Nacional para ministros, directivos de departamentos y entidades adscritas.A través de una directiva presidencial se expone que la vocería principal y oficial del Gobierno Nacional será ejercida por el presidente de la República, quien fijará las posiciones oficiales sobre asuntos estratégicos, políticos, económicos, sociales e internacionales.Los ministros y directores de departamentos administrativos podrán pronunciarse únicamente sobre temas de sus respectivas carteras, previa autorización expresa del presidente. Además, sus intervenciones deberán ceñirse a las directrices del Gobierno Nacional y mantener coherencia con la línea institucional definida por la Presidencia.En el caso de las entidades adscritas o vinculadas a la Rama Ejecutiva, sus directivos —directores, gerentes o presidentes— solo podrán ejercer vocería en asuntos de su competencia técnica, sin abordar definiciones de política o estrategia gubernamental. En ningún caso podrán fijar posiciones políticas a nombre del Gobierno sin autorización expresa del presidente.“Todas las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional deberán garantizar coherencia, rigor técnico y responsabilidad institucional en sus comunicaciones públicas, evitando contradicciones o mensajes que generen desinformación o afecten la confianza ciudadana”, se lee en la directiva.Finalmente, las comunicaciones públicas impulsadas por los funcionarios estatales que puedan impactar el desarrollo de las actividades del Gobierno nacional deberán ser coordinadas con la Secretaría de Comunicaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a fin de mantener la unidad y coherencia de los pronunciamientos gubernamentales.En igual sentido, ningún funcionario de la Rama Ejecutiva podrá emitir declaraciones en nombre del Gobierno Nacional sin la debida articulación previa con la mencionada dependencia de la Presidencia de la República.