Distrito fija nuevas reglas para vendedores informales: habrá zonas prohibidas, cupos y restricciones al uso de gas

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Vendedores informales. Foto: Alcaldía de Bogotá. La Alcaldía de Bogotá endureció las medidas para que los vendedores informales ejerzan sus labores a través de un decreto.La nueva reglamentación se fundamenta en la necesidad de mitigar riesgos para la seguridad y la integridad de la ciudadanía.“Bogotá es una ciudad que respeta el derecho al trabajo, pero que también exige orden para el disfrute de todos. A través de este ajuste normativo fortalecemos el principio de confianza legítima: ningún vendedor será retirado sin que se le ofrezcan alternativas reales de formalización o reubicación a través del IPES”, destacó el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero Ardila.Y agregó: “Queremos una economía popular organizada, que cumpla con estándares de salubridad y que permita recuperar los senderos peatonales y las rutas de emergencia para el bienestar colectivo”.Cambios para vendedores informalesUno de los cambios más relevantes es la creación de estudios de carga de ocupación, que definirán cuántos vendedores pueden operar en cada sector de la ciudad.En la práctica, esto implica que habrá límites máximos por zona y no se permitirá el ingreso de nuevos vendedores en áreas saturadasEl decreto también ordena la creación de Zonas de Manejo Especial, donde estará prohibida la venta informal por razones de seguridad. Estas áreas serán definidas por la Secretaría de Seguridad en un plazo de seis meses y podrían incluir: entornos de TransMilenio, zonas hospitalarias y puntos críticos de orden público.El Distrito también delimitará zonas específicas donde sí estará permitido vender, bajo condiciones reguladas.La norma establece que todos los vendedores deberán estar inscritos en el sistema del IPES. Sin embargo, aclara que: “El registro no constituye autorización para ocupar el espacio público”.Para ejercer la actividad será obligatorio contar con un permiso de aprovechamiento económico, sin este documento la actividad será considerada irregular y podrá ser sancionadaProhibiciones para vendedores informalesEntre las medidas queda estrictamente prohibido el uso y almacenamiento de cilindros de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y de sustancias inflamables en el espacio público por parte de vendedoras y vendedores informales. Estas solo podrán utilizarse en establecimientos legalmente constituidos que cumplan con los requisitos técnicos y solo se permitirá en ferias o actividades autorizadasActividades como la realización de tatuajes, piercings y servicios de peluquería o barbería no podrán desarrollarse en el espacio público si no cumplen con las condiciones sanitarias establecidas (Decreto Nacional 780 de 2016 y la Resolución 2117 de 2010).Asimismo, la venta de alimentos deberá cumplir estrictamente con la Resolución 604 de 1993 del Ministerio de Salud.Por otro lado, se establece un radio mínimo de 1,5 metros alrededor de cada hidrante contra incendios, que deberá permanecer libre de cualquier ocupación u obstáculo. Además, se prohíbe la ubicación de ventas en rutas de evacuación de establecimientos, puentes peatonales o accesos al Sistema Integrado de Transporte Público (SITP).La norma también refuerza restricciones sobre el uso del espacio público. Entre ellas:Prohibido instalar estructuras permanentes o sobredimensionadasNo se puede bloquear la movilidad peatonal o vehicularSe restringe el uso de menores de edad en actividades informalesEl decreto fortalece las herramientas de control, la Policía podrá retirar ocupaciones e incautar mercancía y las alcaldías locales ejecutarán operativos de recuperaciónAlternativas para los vendedores y debido procesoEn línea con los principios de confianza legítima y proporcionalidad, la Administración Distrital garantiza que los procesos de recuperación del espacio público no serán intempestivos. El Instituto para la Economía Social (IPES) liderará la oferta de alternativas económicas para la población vulnerable, que incluyen:Relocalización o reubicación en espacios autorizados.Acceso a programas de formación y reconversión laboral.Inscripción en la oferta de servicios sociales y programas de atención integral.“Desde el IPES tenemos 19.000 vendedores caracterizados desde el 2024. La oferta institucional se trabaja en tres componentes: formación, emprendimiento y empleabilidad, actualmente ya podemos mostrar resultados en zonas como La Mariposa, San Victorino y San Andresito de la 38”, destacó, Catalina Arciniegas, directora IPES.Decreto 117 de 2026Descarga