Toledo renueva una ordenanza que rompe con el monopolio en la zanja única y exime al Consorcio

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El Ayuntamiento de Toledo aprobará definitivamente la nueva ordenanza de la zanja única en el pleno del próximo viernes, una vez que el texto supere su último trámite en la comisión de Hacienda del martes. Con ello se culminará un proceso de actualización largamente esperado: el nuevo texto sustituye a una ordnanza que llevaba años sin revisarse , pese a que el área de Intervención municipal había insistido en la necesidad de hacerlo durante la legislatura anterior. La reforma introduce cambios estructurales en la gestión de las obras que afectan al subsuelo de la vía pública. El más relevante es la eliminación del sistema monopolístico que durante décadas concentró todas las actuaciones en manos de una sola empresa. A partir de ahora, cualquier vecino, comunidad o compañía podrá elegir entre varias empresas homologadas, siempre que cumplan los requisitos técnicos y administrativos fijados por el ayuntamiento, para acometer trabajos de gas, electricidad, telecomunicaciones, abastecimiento, saneamiento, vados o cualquier intervención que requiera apertura del pavimento. Es decir, a partir de la revisión de la ordenanza los vecinos podrán elegir entre varias a las que más les convenga por precio o por calidad del servicio. El periodo de exposición pública se saldó con un cambio relevante: la aceptación íntegra de la alegación presentada por el Consorcio de Toledo . El organismo solicitó quedar excluido del cumplimiento de la obligación de ejecutar las obras exclusivamente con empresas homologadas y también de la aplicación del Título VII de la ordenanza, relativo a la ejecución material de la zanja. La disposición adicional aprobada establece que las obras que promueva el Consorcio en el dominio público municipal no estarán sometidas al sistema de homologación, pudiendo ser ejecutadas por las empresas adjudicatarias de sus propias licitaciones . Esta excepción se justifica en la naturaleza institucional del ente y en su papel en la conservación del patrimonio urbano. La segunda excepción afecta a Tagus, la empresa concesionaria del abastecimiento y saneamiento. El texto precisa que la exención se aplica únicamente en las obras vinculadas al ciclo del agua , es decir, a acometidas, canalizaciones y actuaciones relacionadas directamente con la red de abastecimiento y alcantarillado municipal. Para el resto de intervenciones que no se correspondan con ese servicio esencial, Tagus deberá cumplir la ordenanza en las mismas condiciones que cualquier empresa privada , incluida la obtención de homologación . La ordenanza establece un sistema riguroso de homologación municipal. Las empresas deberán disponer de personal técnico propio, estableciendo un mínimo de profesionales cualificados para garantizar la dirección, supervisión y ejecución de las obras. Entre ellos, deberán contar un jefe de obra, responsables de seguridad y salud , y operarios capacitados para manejar la maquinaria necesaria para abrir, compactar y reponer zanjas en condiciones óptimas. Además deberán contar con maquinaria propia. Además las empresas deberán acreditar solvencia, con un volumen anual de negocios de al menos 200.000 euros , referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres disponibles. El texto exige también una garantía económica de 20.000 euros, así como un seguro de responsabilidad civil suficiente para cubrir posibles daños. Además, el ayuntamiento podrá suspender o revocar la homologación si la empresa incumple de forma reiterada los requisitos. La ordenanza incorpora también medidas específicas adaptadas a la singularidad urbana de Toledo. Entre ellas destaca la protección del arbolado y de las zonas verdes , donde cualquier intervención que pueda afectar a las raíces deberá contar con autorización expresa y supervisión técnica. Asimismo, el texto subraya la necesidad de coordinarse con el Consorcio y con los servicios municipales cuando las obras incidan en elementos catalogados o se realicen en áreas con protección patrimonial. La normativa detalla criterios para la señalización y el vallado de las obras en entornos peatonales y calles estrechas, así como limitaciones horarias en zonas residenciale s y espacios históricos para reducir las molestias. Además, se fijan condiciones precisas para actuar en aceras , carriles bici, calzadas, aparcamientos, jardines y zonas de coexistencia, regulando materiales, niveles de acabado y medidas de seguridad destinadas a preservar la movilidad y evitar afecciones al entorno urbano.