Madrid aplica la segregación quirúrgica con una norma que impide estar en lista de espera de dos operaciones

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Las listas de espera quirúrgicas en España se mantienen en cifras récord. Según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, más de 846.583 personas aguardan una operación en el sistema público, con una demora media que supera ya los 120 días. Madrid, pese a que figura como una de las regiones con la tasa de espera más baja (48 días), ha aumentado su demora media para una operación. Era de 59,7 días en agosto de 2019, con la llegada de Ayuso al poder, y actualmente alcanza los 65,4 días. Estos datos esconden una trampa de la Administración madrileña: no se permite que los pacientes estén en dos listas de espera quirúrgicas de distintas especialidades a la vez.La norma se recoge en la Orden 804/2016 de la Consejería de Sanidad, que regula las Instrucciones de Gestión del Registro de Pacientes en Lista de Espera Quirúrgica del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). El apartado G de los criterios clínicos que forman parte de las instrucciones establece que: "En aquellos pacientes en los que esté prevista la realización de más de un procedimiento quirúrgico [...], en dos o más tiempos quirúrgicos diferentes, se procederá con cada uno de ellos como procesos independientes y, por tanto, una vez resuelto el primero se iniciará el procedimiento de inclusión en el registro para el/los siguiente/es." En la práctica, esto significa que un paciente no puede estar en dos listas de espera quirúrgicas al mismo tiempo, aunque existan indicaciones médicas firmes y separadas.Esta disposición ha perjudicado la situación de un paciente en la última semana. Rafael, un madrileño de 79 años, relata a infoLibre que en el Hospital de La Paz le rechazaron su registro en la lista de espera quirúrgica de Dermatología alegando que ya estaba inscrito para una operación en Oftalmología. En octubre, su dermatólogo detectó dos lesiones en la zona frontal del cuero cabelludo que podrían desembocar en un cáncer de piel. El especialista consideró necesaria una extirpación rápida e inició el trámite para incluirle en la lista quirúrgica. Sin embargo, días después, Rafael recibió una llamada de la Administración sanitaria informándole de que no podía ser incluido porque ya figuraba en una lista de espera para una blefaroplastia oftalmológica por caída de párpados."Me dijeron que no podía estar en dos listas de espera quirúrgicas a la vez y que se daría prioridad a la más antigua, salvo que hubiera un criterio médico expreso que indicase lo contrario. Pero a mi dermatólogo ni siquiera le consultaron", explica Rafael. Tras acudir de manera presencial a Atención al Paciente del Hospital de La Paz, le imprimieron una copia de dicha norma y le subrayaron el apartado G que desarrolla esa incompatibilidad. Su dermatólogo, que había trabajado anteriormente en Andalucía, se mostró sorprendido y le comentó a Rafael que "nunca había oído hablar de una restricción así" y que "en otras comunidades es habitual que los pacientes estén pendientes de varias intervenciones a la vez".Tras revisar la normativa de las diferentes comunidades autónomas y consultado con sanitarios de los distintos territorios, infoLibre no ha encontrado que ninguna otra región establezca una limitación equivalente. En la mayoría de los servicios de salud, cuando un paciente tiene dos indicaciones quirúrgicas activas, se le incluye en ambas listas de manera independiente y se ordena su intervención en función de la urgencia médica, según confirman profesionales de distintas comunidades.Varios decretos autonómicos recogen explícitamente la figura del paciente transitoriamente no programable (TNP), una herramienta que permite mantener al paciente en el registro mientras, por razones médicas, no puede programarse una de las cirugías. En Castilla y León, el Decreto 29/2012 (que modifica el Decreto 68/2008 del Registro de Pacientes en Lista de Espera) reconoce esta categoría para suspender temporalmente la programación sin dar de baja al paciente y manteniendo su antigüedad. En Galicia, el Decreto 105/2017 también incluye el uso de dicha figura para los pacientes. La Orden 804/2016 de la Comunidad de Madrid, en cambio, introduce una restricción y no permite el uso de la figura del paciente transitoriamente no programable. Un diseño que también choca con la normativa estatal, recogida en los Reales Decretos 605/2003 y 1039/2011, que señalan que, si el paciente tiene indicación quirúrgica firme por un especialista y acepta la intervención, debe ser incluido en la lista. Fuentes del Ministerio de Sanidad achacan que Rafael debería ser registrado en ambas listas de espera y, una vez le llamen para una de las operaciones, aplicarle la condición de paciente transitoriamente no programable.Para el abogado Carlos Sardinero, letrado de la asociación El Defensor del Paciente, la norma madrileña "no responde a un criterio clínico, sino a una lógica administrativa". "Es una norma que se camufla como criterio médico, cuando en realidad lo que busca es aligerar las listas de espera", añade.Sardinero sostiene que esta regulación "deja al paciente en el limbo", especialmente cuando se trata de casos graves. "Si un usuario tuviera una cirugía de cáncer de colon y otra de cáncer de piel, no podría ser incluido en las dos. Ni siquiera podría ser registrado en la lista de espera, lo cual resulta contrario a toda buena práctica médica y generaría consecuencias nefastas para el afectado".El abogado también advierte de que la aplicación de esta norma puede vulnerar el derecho de los pacientes a la atención sanitaria en condiciones de igualdad, un principio recogido en el artículo 3 de la Ley General de Sanidad y en el artículo 4 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, que garantizan el acceso equitativo a las prestaciones del sistema público con independencia del lugar de residencia."Lo que se hace en Madrid es alterar ese principio de equidad. Un paciente con dos intervenciones indicadas por distintos especialistas no recibe el mismo trato en Madrid que en Castilla y León o en Galicia, donde se le mantiene en ambas listas. Aquí, en cambio, se le excluye de una, lo que supone una desigualdad en el acceso al tratamiento", explica Sardinero.Además de las posibles infracciones señaladas por Sardinero, el Ministerio de Mónica García apunta que la exclusión de un paciente del registro puede implicar que "se vea limitado el derecho de garantía" de tiempo regulado en el art 25 de la Ley 16/2003. Una norma que señala que las prestaciones sanitarias sean seguras y de calidad, y que la ciudadanía tenga acceso a ellas. Rafael llevaba esperando una intervención ocular desde hace dos años, aunque en el hospital fijan la fecha del registro en este verano, cuando se supone que el paciente se inscribió en la lista de Oftalmología. No obstante, Marisol Castro, portavoz de CCOO Sanidad Madrid, subraya que el registro en las listas de espera "está manipulado", ya que no se incluye al paciente hasta que "el anestesista realiza el informe tras el preoperatorio". "Antes de todo este proceso, el paciente debe pasar por una consulta externa y por una prueba diagnóstica, con los meses de espera que hay entre ambas fases", añade. Además de esas estrategias, Castro denuncia que la decisión de la Comunidad de Madrid de restringir la posibilidad de estar en dos listas de espera quirúrgicas de diferentes especialidades supone "una medida grave" para la salud de los pacientes y que dificulta aún más que se agilicen los procesos. Rafael, mientras tanto, ha logrado que le den cita para la cirugía oftalmológica el próximo 24 de noviembre. "Me dijeron que así podrían reactivar después la otra lista", cuenta. Su caso sigue reflejando cómo una instrucción administrativa puede condicionar la atención de los pacientes madrileños que presentan varias patologías, mientras que en otras comunidades se atienden de manera independiente.