La Sala de Apelaciones avala que Álvaro García Ortiz será juzgado pero entiende que no hay pruebas para acusar a Pilar Rodríguez, fiscal superior de Madrid a la que el juez Hurtado daba un papel principal en el supuesto plan para filtrar la confesión de Alberto González AmadorEl Supremo procesa al fiscal general por la filtración del correo de la pareja de Ayuso y le acusa sin pruebas de seguir “instrucciones” de Moncloa La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo ha decidido confirmar el procesamiento del fiscal general del Estado por la filtración de un correo de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Una decisión que avala que Álvaro García Ortiz sea juzgado por revelación de secretos pero que también revoca una parte relevante de la investigación del juez Hurtado: archiva la causa contra Pilar Rodríguez, fiscal provincial de Madrid, al entender que no hay pruebas de que participara en ningún plan para filtrar a la prensa el correo con el que Alberto González Amador confesaba su fraude fiscal. El juez Ángel Hurtado decidió procesar a García Ortiz y a Rodríguez el pasado mes de junio, acusando a ambos de urdir un plan en marzo de 2024 para que la prensa publicara información confidencial del caso de fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Un auto en el que el magistrado, por primera vez, no solo les acusaba de haber filtrado el documento para “ganar el relato” sino de haber seguido “indicaciones” de Moncloa, acusación sostenida sin pruebas. Desde entonces las acusaciones han presentado escritos en los que piden varios años de cárcel para ambos acusados. La pareja de Ayuso, por ejemplo, pide cuatro años de cárcel para él. La Sala de Apelaciones ha confirmado que el fiscal general se sentará en el banquillo por la filtración, pero ha impugnado una parte relevante de la causa que ha dirigido Hurtado y ha archivado el caso contra Pilar Rodríguez, al entender que las pruebas acumuladas durante meses de investigación no permiten implicarla en ningún plan para filtrar ese correo. “No hubo indicios de la comisión de delito”, dice la Sala. El Supremo entiende que todas las pruebas recabadas por Hurtado permiten concluir “de forma provisional” que la filtración de este correo “que contenía información reservada” fue “una actuación coordinada e impulsada personalmente por el Fiscal General del Estado”. Sobre el borrado de los mensajes del teléfono de García Ortiz, añade la Sala, es algo que “ tuvo por finalidad ocultar la información ante una posible investigación” y los jueces lo consideran “un potente contra indicio que se utiliza habitualmente por los tribunales”. En cuanto a Pilar Rodríguez, los jueces de la Sala de Apelaciones estiman los argumentos de su defensa, el exfiscal Daniel Campos, y cuestionan que haya pruebas suficientes para atribuir a esta fiscal la elaboración de la nota de prensa de marzo de 2024 que hizo públicos algunos aspectos de la confesión de la pareja de Ayuso. Hizo llegar la información del caso a través de una dación de cuentas, lo que según los jueces “es un acto neutral y no evidencia por sí mismo riesgo alguno”. Consideran justificado, incluso, que la Fiscalía General pidiera la información del caso “porque el asunto tenía un indudable interés informativo”. Pilar Rodríguez, concluye el tribunal, “o tenía capacidad de supervisión ni de impedir la iniciativa del Fiscal General del Estado” y no hay pruebas de que confeccionara esa nota o filtrara la información, por lo que proceden al archivo de la causa contra ella.