En medio de la fuerte controversia que ha desatado entre los analistas y expertos en materia fiscal la presentación de un monto del Presupuesto para 2026, por $557 billones, valor mayor que el que se anunció en el anteproyecto, el Gobierno, a través del Departamento Nacional de Planeación alista un cambio normativo que afectará los flujos previstos para los proyectos de infraestructura que están en marcha y que se encuentran apalancados con vigencias futuras, bajo el esquema de Asociaciones Publico Privadas (APP).En efecto, Portafolio conoció un proyecto de decreto para modificar un artículo del decreto 1082 de 2015, que actualmente limita la posibilidad de reprogramar vigencias futuras a los casos en que se modifique únicamente el plazo, sin afectar la distribución anual, lo que impide realizar “ajustes razonables durante la ejecución de los proyectos APP sin que se exceda el monto total aprobado, ni el plazo”.(Puede leer: Gobierno y Alcaldía de Bogotá acuerdan aplazar giros para Líneas 1 y 2 del Metro).El proyecto de decreto argumenta que se necesita adecuar la reglamentación vigente para permitir que, bajo condiciones técnicas, jurídicas y fiscales definidas, se pueda solicitar la reprogramación del plazo y/o de la distribución anual de vigencias futuras previamente autorizadas, siempre que no se incremente el monto total autorizado a pesos constantes de la autorización inicial y que se mantenga la consistencia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y los cupos sectoriales aprobados.Y agrega que el objetivo de este ajuste es facilitar una adecuada gestión presupuestal y contractual en el marco de los proyectos de Asociación Público-Privada, sin que ello implique una nueva autorización presupuestal, ni afecte las competencias conferidas por la Ley al Consejo Nacional de Política Fiscal (Confis).El ajuste se da justo cuando la Alcaldía de Bogotá y el Gobierno acordaron aplazar los aportes para el Metro restantes de este año.Agencia Nacional de InfraestructuraEl ajuste para reprogramar estos recursos, claves para carreteras concesionadas y otros proyectos que se realizan bajo el esquema APP, se da justo cuando se conoció que la Alcaldía de Bogotá y el Gobierno acordaron aplazar los aportes para el Metro de Bogotá restantes de este año, en particular los giros de julio y los aportes de la segunda línea, para que sea el próximo gobierno el que haga los pagos, según reveló en primicia EL TIEMPO.Según indica el proyecto de decreto, para tal efecto las entidades u órganos ejecutores podrán solicitar al Confis la reprogramación de vigencias futuras aprobadas, cuando se requiera modificar el plazo y/o los cupos anuales de vigencias futuras autorizados y considerando la ejecución contractual del proyecto frente a lo dispuesto por el artículo 2.2.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015, Sector Administrativo de Planeación Nacional.(Más: Fusagasugá ingresa a la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca).Lo anterior, siempre y cuando esto no implique cambios al monto total autorizado en pesos constantes de la autorización inicial. De acuerdo con el texto del proyecto de decreto, se deberán cumplir los siguientes requisitos.1. Justificación técnica, legal y financiera de la reprogramación de vigencias futuras por parte de la entidad u órgano ejecutor, en relación con el proyecto de asociación público privada específico, la necesidad del ajuste en función de la ejecución contractual.2. Propuesta de la entidad u órgano ejecutor del nuevo cronograma de compromisos anuales, indicando los montos por vigencia fiscal, que asegure la disponibilidad de fondos para el cumplimiento de los compromisos económicos y financieros para la ejecución del proyecto de asociación público privado.3. Certificación por parte de la entidad u órgano ejecutor en la cual conste que la reprogramación de vigencias futuras no implica incremento del valor total del contrato en pesos constantes de la autorización inicial, y que la modificación contractual prevista (en caso de que aplique) se adecua a los límites en materia de plazo, adiciones y prórrogas previstas en la Ley 1508 de 2012, y las normas que la reemplacen, adicionen o reglamenten.4. Concepto previo favorable del Ministerio o entidad cabeza del sector sobre la viabilidad de la reprogramación de vigencia futura solicitada.5. Concepto previo favorable del Ministerio o entidad cabeza del sector, en el que se certifique que los valores incluidos en la propuesta de reprogramación de vigencias futuras cuentan con disponibilidad dentro del cupo sectorial asignado.El proyecto de decreto señala que “la reprogramación de vigencias futuras a que se refiere el presente artículo, se entenderá como una redistribución de los compromisos previamente”.Archivo EL TIEMPOEn la parte final, el proyecto de decreto señala que “la reprogramación de vigencias futuras a que se refiere el presente artículo, se entenderá como una redistribución de los compromisos previamente”.(Le puede interesar: Enel invirtió 1,3 billones de pesos en fortalecer la infraestructura eléctrica).En el proyecto de decreto, el Ejecutivo también señala que, en aplicación del Plan de Desarrollo, el Estado debe analizar el impacto del gasto público directo e indirecto, buscando que haya una relación entre el destino de los recursos y el resultado esperado. “En esta línea, es necesario robustecer el seguimiento y análisis sobre la eficiencia inherente al uso de los recursos que se encuentran fiducias y evitar que queden atrapados en el sistema financiero, sin cumplir el objeto de su apropiación presupuestal”, afirma otra de las consideraciones del proyecto de decreto.ÓMAR G. AHUMADA ROJASEditor General de Portafolio