La jueza de la dana arremete contra el informe de la Guardia Civil que señalaba a la Confederación del Júcar: no hubo apagón informativo

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La magistrada rechaza imputar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, y argumenta que la "teoría" del apagón informativo que maneja el PP está "plenamente superada" y ha sido "descartada judicialmente"La Guardia Civil cree que en el “peor momento” de la dana la Confederación del Júcar no controló el caudal del Poyo La jueza de la dana carga contra la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil de València que elaboró el informe sobre la cronología de las inundaciones del pasado 29 de octubre. La instructora, en un auto dictado este martes, tilda de “erróneo en sus consideraciones y apreciaciones” el informe y rechaza imputar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y a la presidenta de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), María José Rallo, tal como solicitaba la acusación que ejerce la asociación Liberum. La magistrada asegura, en una contundente resolución, que los agentes del Instituto Armado se extralimitaron y elaboraron una pericial que “no se corresponde” con lo acordado por la jueza, que simplemente había pedido una cronología de los desbordamientos en ríos, barrancos y presas y su relación con los fallecimientos, excluyendo la valoración de la responsabilidad de las administraciones que solicitaba el Ministerio Fiscal (y que la instructora denegó). El auto recuerda que el análisis de la negligencia, fallos o posición de garantes de los investigados es “exclusivamente jurisdiccional”. “Dado que el informe sobre la cronología de los hechos incide en valoraciones que no correspondía a la Policía Judicial, las mismas no poseen eficacia incriminatoria, ni tampoco exculpatoria, de los investigados ni de cualquier otro implicado”, afirma. La magistrada arremete de plano contra la Guardia Civil y explica que “cualquier valoración exclusivamente policial de las negligencias o incumplimientos estaba condenado al fracaso, porque el análisis se sustentaría siempre en un análisis limitado exclusivamente a la prueba documental”. Y es que el informe de la Guardia Civil excluye las declaraciones en el marco de la causa de peritos de “especial relevancia” e “indudable prestigio” que “expresan conclusiones radicalmente distintas a las expuestas e incluidas indebidamente en la cronología”. El “único apagón” fue el del Cecopi El auto afirma que el informe “refleja” la “teoría” del supuesto 'apagón informativo', “plenamente superada” y “descartada judicialmente”. La jueza también aclara que en el informe “no se incide” en las comunicaciones que “efectivamente se produjeron telefónicamente” entre la Aemet y el centro de Coordinación de Emergencias. De hecho, la resolución sostiene que el “único apagón” que se produjo el pasado 29 de octubre fue el de la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi), que se paró “en dos ocasiones” y en “momentos cruciales” de la emergencia. La jueza señala que la pausa del Cecopi “no es objeto de análisis en su repercusión y consecuencias” en el informe de la Guardia Civil. También asegura que el informe es “claramente incompleto”, al soslayar la cobertura de los medios de comunicación sobre las inundaciones. “Se olvida de forma manifiesta este último elemento, la importancia de los medios de comunicación en el conocimiento de la situación y evolución de la emergencia”, afirma la resolución. Además, la jueza recuerda que la CHJ remitió al Centro de Coordinación de Emergencias numerosos avisos pluviométricos sobre la cuenca de la rambla del Poyo, unos datos excluidos por la Guardia Civil en su informe, tal como informó este diario. “Resulta imprescindible, no solo el control a través de los sensores de caudal, sino también por los avisos pluviométricos que permiten analizar las consecuencias de la lluvia acumulada, dada la rapidez en la que se puede producir el desbordamiento, especialmente en el barranco del Poyo”, afirma la jueza. El auto destaca la declaración como perito de Ana Camarasa, catedrática de Geografía de la Universitat de València, que explicó que “no solo había de tenerse en cuenta lo ocurrido por la tarde” sino las lluvias de la mañana que propiciaron, con un suelo impermeabilizado, que “no se absorbieran las precipitaciones”. “Es por ello que dichos datos [pluviométricos] hacían presagiar que el torrente de agua se desplazara hacia las cuencas bajas con la consecuencia de todos conocida”, apostilla. La retirada de los Bomberos que vigilaban el caudal Por otro lado, la jueza alude al despliegue de los bomberos forestales para medir el caudal del barrando del Poyo. “Difícilmente se puede achacar a la Confederación del Júcar ni a su presidente que se retiraran los bomberos, que no se controlara el desbordamiento y que se ocasionara el abrumador número de fallecimientos”. “Todas estas cuestiones”, agrega la jueza, “no son abordadas por el informe de la Guardia Civil”. La asociación Liberum también solicitaba que se citara a declarar como investigada a la presidenta de la Aemet, María José Rallo, una petición que se sitúa “fuera” de la “realidad procesal”, al obviar las resoluciones de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia. “En esta tan novedosa, como carente de fundamento, aportación de dicha acusación popular, se encomienda ahora la obligación de dar aviso a la población de que se refugiara en sitios altos a la presidenta de la Aemet”, ironiza la jueza. La Audiencia de Valencia ya determinó, recuerda la magistrada, “a quién correspondía” la protección civil y la dirección de la emergencia —a la Generalitat—, “con el oportuno análisis de la normativa autonómica”.