Peatones también pueden ser sancionados: esta es la multa por no respetar las señales de tránsito en Colombia. Foto: Alcaldía de BogotáAunque en Colombia los peatones son considerados actores vulnerables dentro del ecosistema vial, eso no los exime de cumplir las normas de tránsito.De hecho, según el Código Nacional de Tránsito, quienes se desplacen a pie también pueden ser sancionados si infringen las señales, desobedecen los semáforos o transitan por lugares no habilitados.La multa, aunque no siempre se aplica con rigor, está establecida en la ley y puede representar un costo significativo para el infractor.¿Qué dice la ley sobre los peatones?El Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) establece, en su artículo 56, las normas que deben seguir los peatones para garantizar una convivencia segura con vehículos, ciclistas y otros actores viales. Algunas de las reglas principales incluyen:Respetar los semáforos y señales viales.Cruzar las vías únicamente por las zonas demarcadas (como cebras o pasos peatonales).No caminar por la calzada destinada a los vehículos.No atravesar la vía de forma imprudente o inesperada.El artículo 60 de esta misma ley también advierte que los peatones que infrinjan las normas serán sancionados por las autoridades de tránsito.¿Cuál es la sanción para los peatones?Según el artículo 60 del Código y lo establecido por el Ministerio de Transporte, los peatones que no cumplan las normas de tránsito pueden recibir una multa correspondiente a un salario mínimo diario legal vigente (SMDLV). En 2025, con el salario mínimo mensual fijado en $1.300.000, el valor diario es de $43.333, que es el monto que debe pagar el peatón infractor.Esta multa se registra como un comparendo pedagógico o sancionatorio, y si bien no genera inhabilidades para transitar, sí puede generar consecuencias si el infractor reincide o acumula otras faltas, especialmente si están relacionadas con comportamientos peligrosos en la vía.¿Quién puede imponer esta multa?Los comparendos a peatones deben ser impuestos por agentes de tránsito, policías de la Dirección de Tránsito y Transporte (DITRA) o inspectores de tránsito en el momento en que se observe la infracción. Si el peatón se niega a identificarse, las autoridades pueden trasladarlo a una estación policial para proceder con la sanción.Recomendado: Multa de más de $1 millón que se salvan de pagar conductores por pasarse un semáforo en rojoSin embargo, en la práctica, esta medida no siempre se aplica de forma rigurosa, y muchas autoridades se enfocan más en labores pedagógicas o preventivas. Aun así, el hecho de que la ley contemple la sanción demuestra la intención de promover una cultura vial más responsable y compartida.¿Qué tipo de comportamientos pueden ser sancionados?Algunos de los comportamientos por los que un peatón podría ser multado incluyen:Cruzar la calle con el semáforo en rojo para peatones.No usar los puentes peatonales cuando están disponibles.Caminar por la calzada o entre vehículos en movimiento.Saltar o pasar por encima de barandas de seguridad.Cruzar de forma diagonal en intersecciones o fuera de zonas demarcadas.Estos actos no solo exponen al peatón al riesgo de accidente, sino que también pueden generar alteraciones en la movilidad y aumentar la posibilidad de siniestros viales.¿Cuál es la razón de fondo para sancionar a los peatones?Según datos del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, en 2023 más de 1.500 peatones murieron en accidentes de tránsito en Colombia, lo que representó cerca del 20 % de todas las víctimas fatales. Muchas de estas muertes ocurrieron por imprudencias como cruzar en zonas no permitidas, desatender las señales o caminar por vías de alto tráfico.Ante estas cifras, las autoridades buscan concientizar a los peatones sobre su rol en la seguridad vial. Si bien los vehículos tienen una mayor responsabilidad por el impacto que pueden causar, los peatones también deben actuar con precaución y respeto por las normas.¿Existe algún componente pedagógico?Sí. Desde hace varios años, muchas ciudades han adoptado estrategias para educar a los peatones en temas de seguridad vial. Campañas como «El peatón también tiene deberes», «Ceda la vida» o «Cruzar bien salva vidas» han sido impulsadas por alcaldías, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Policía.En algunos casos, cuando se impone un comparendo por una infracción menor, el peatón puede acogerse a una actividad pedagógica en vez de pagar la multa, especialmente si es su primera vez. Esto depende de la reglamentación local y la autoridad que impone la sanción.