Son cuatro: las fechas oficiales de la Dian para declarar la renta en agosto 2025

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tiene como misión principal garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias para fortalecer la financiación del Estado y promover el desarrollo del país. En agosto de 2025, comienza el período oficial para que los contribuyentes presenten su declaración de renta correspondiente al año gravable 2024. ¿Cuáles son las fechas que se deben tener en cuenta?Declarar renta significa informar a la DIAN sobre los ingresos, gastos, patrimonio y otras variables financieras para determinar si se debe pagar algún impuesto adicional o si existe saldo a favor. Por tal motivo, es fundamental que personas naturales y jurídicas que cumplan con ciertos requisitos y topes establecidos realicen esta declaración dentro de las fechas estipuladas, para evitar sanciones y cumplir con la responsabilidad fiscal.Los plazos para declarar en agosto:▪️12 de agosto: terminaciones 01 y 02▪️13 de agosto: terminaciones 03 y 04▪️14 de agosto: terminaciones 05 y 06▪️15 de agosto: terminaciones 07 y 08Estas fechas corresponden a las personas naturales cuyos números de identificación tributaria (NIT) terminen en los dos últimos dígitos mencionados. Es importante destacar que la declaración de renta es obligatoria para quienes, al 31 de diciembre de 2024, hayan tenido:▪️Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (Unidad de Valor Tributario), equivalente a $65.891.000; ▪️Un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, es decir, $211.793.000;▪️Consumos con tarjeta de crédito, compras totales o consignaciones bancarias superiores a 1.400 UVT; o quienes eran responsables del IVA a diciembre de 2024.(LEA MÁs: Los 9 requisitos oficiales y básicos para obtener con éxito la nacionalidad de España)ImpuestosFuente: CanvaEn Colombia, no están obligadas a declarar renta en 2025 las personas naturales que, durante el año gravable 2024, no hayan cumplido con ninguno de los siguientes criterios establecidos por la DIAN:1. Ingresos brutos inferiores a 1.400 UVTSi tus ingresos totales en 2024 fueron inferiores a 1.400 UVT (aproximadamente $65.891.000 COP), no estás obligado a declarar.2. Patrimonio bruto inferior a 4.500 UVTSi tu patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 fue inferior a 4.500 UVT (alrededor de $211.793.000 COP), no es necesario presentar la declaración.3. Consumos o movimientos financieros inferiores a 1.400 UVTSi tus consumos con tarjeta de crédito, compras totales o consignaciones bancarias en 2024 no superaron los 1.400 UVT, no estás obligado a declarar.(LEA MÁS: Es precioso: el pueblo colombiano que está nominado a los Best Tourism Village 2025)4. No ser responsable del IVASi no eras responsable del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a 31 de diciembre de 2024, no es necesario presentar la declaración de renta.5. Personas naturales o sucesiones ilíquidas no responsables del IVALas personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del IVA y cuya actividad económica no implique la obligación de declarar renta, están exentas de esta obligación.6. Personas naturales extranjeras sin residencia en ColombiaAquellas personas naturales extranjeras que no residan en Colombia y cuyos ingresos hayan estado sujetos a retención en la fuente en su totalidad, no están obligadas a declarar renta.