Una abuela de Jerez será indemnizada por el SAS tras los daños morales causados por la muerte de su nieta

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Un juzgado de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 25.000 euros a una abuela de Jerez por el daño moral causado tras la muerte de su nieta, fallecida en el vientre de su madre por errores médicos ya reconocidos por la administración sanitaria. La resolución, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Sevilla, se convierte en una sentencia firme al no haber sido recurrida por el SAS.Según ha adelantado El Mundo, los hechos se remontan al verano de 2018, cuando la hija de la demandante acudió hasta en cinco ocasiones al Hospital de Jerez por hipertensión, cefaleas y sangrado vaginal. La joven se encontraba en las últimas semanas de gestación y, pese a los síntomas, fue atendida, medicada y posteriormente dada de alta en cada visita. Al día siguiente de la última consulta, fue encontrada sin vida en su domicilio. También había fallecido la niña, que estaba a punto de nacer.Un proyecto de vida destrozado por una negligencia médicaEl SAS ya había indemnizado a la familia con casi 50.000 euros por la muerte de la joven embarazada, al admitir fallos en la atención médica. Sin embargo, en ese momento no se contempló ningún tipo de compensación por la pérdida del feto, al considerar que la legislación solo reconoce ese derecho a la madre o a su pareja. En este caso, la víctima era madre soltera y convivía con su madre, con quien había planeado la crianza de la niña.La resolución judicial rompe con ese criterio al reconocer que, pese a la ausencia de norma específica, el daño moral sufrido por la abuela era evidente y estaba directamente vinculado a la negligencia médica. “Mi defensa se basó en que el hecho de que no haya norma no quiere decir que no se pueda hacer”, explicó el abogado de la mujer, quien calificó la decisión como “una sentencia firme y sin precedente en toda España”.En palabras del letrado, su clienta era “una madre que vivía con su hija y que iba a vivir con su nieta. Tenía en su mente y en su proyecto un hogar feliz. Y ahora se ha quedado sola”. La jueza consideró que existía una clara relación emocional y material entre la demandante y el bebé fallecido, suficiente para justificar la indemnización concedida.Con esta sentencia, se abre la puerta a nuevas interpretaciones judiciales en casos similares, donde las estructuras familiares no encajan en los modelos tradicionales previstos por la legislación vigente.