El Consejo de Ministros aprueba este martes el texto, que sustituye a una norma franquista, y la remite al Congreso para su tramitación. Se rebajan las sanciones para los filtradores y se añade como "criterio de graduación" de las mismas el "derecho a la libertad de información". Las causas relativas a las violaciones de los Derechos Humanos o crímenes de lesa humanidad no podrán ser objeto de clasificaciónEl Congreso inicia por quinta vez el trámite para reformar la ley de secretos oficiales El Consejo de Ministros aprobará este martes la nueva Ley de Información Clasificada y la remitirá al Congreso para su tramitación parlamentaria. El proyecto quiere sustituir a la Ley de Secretos Oficiales del franquismo (1968) y establece por primera vez la desclasificación automática de información confidencial cuando transcurran unos determinados plazos. De esta forma, España se sitúa en línea con las legislaciones más avanzadas en esta materia, según aseguran fuentes gubernamentales, ya que Francia, Dinamarca o Suecia tienen plazos más extensos. El proyecto de ley regula cuatro categorías de información clasificada: “Alto Secreto”, “Secreto”, “Confidencial” y “Restringido”. Las dos primeros son competencia exclusiva del Consejo de Ministros, y a cada una de ellas se le asigna gradualmente un límite temporal de clasificación teniendo en cuenta el riesgo de revelación no autorizada o uso indebido. El tiempo máximo de clasificación será de 45 años prorrogables de forma motivada otros 15 años. Se establece así un límite de 60 años, según consta en el documento al que ha tenido acceso elDiario.es. Pero el proyecto de ley esconde una vía de escape. El artículo 16 señala que “la información desclasificada no podrá volver a clasificarse salvo que la autoridad de clasificación aprecie motivadamente y de forma excepcional que existen razones suficientes que justifican una nueva clasificación”. La decisión debe estar motivada sobre una “amenaza o el perjuicio para la seguridad y defensa nacional” y se revisará anualmente. Asimismo, se estipula que la información relativa a grandes violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad no podrán ser objeto de clasificación. El proyecto del Gobierno reduce así en cinco años el plazo máximo de clasificación sobre la propuesta que ya presentara el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, en la pasada legislatura. Aquel intento decayó cuando Pedro Sánchez convocó las elecciones generales de julio de 2023. La propuesta actual introduce un sistema de desclasificación automática de la información que ya está declarada secreta. “Se desclasificará automáticamente la información clasificada transcurridos cuarenta y cinco años o más desde su clasificación”, apunta el proyecto. Eso sí, el Gobierno se vuelve a guardar una carta. La desclasificación será automática “salvo que la autoridad de desclasificación aprecie motivadamente, y de forma excepcional, que perdura la amenaza o el perjuicio para la seguridad y la defensa nacional”. Esa “nueva clasificación deberá ser revisada anualmente”. Sanción de hasta 2,5 millones El proyecto también amplía la nómina de personas que pueden pedir la desclasificación de una información que ya es secreto. “Toda persona física o jurídica que sea titular de un derecho o interés legítimo o que pueda justificar un interés profesional en la información clasificada podrá solicitar a la autoridad competente su desclasificación”, apunta. La norma incluye un régimen sancionador más leve y rebaja la multa máxima por difundir un “Alto Secreto” o un “Secreto” (los dos niveles máximos) de tres a 2,5 millones de euros. Es decir, no hay penas de prisión por revelar información clasificada. La multa mínima es de 30.000 euros, y son de aplicación tanto a personas físicas como jurídicas. La ley establece que se podrá sancionar “la difusión, por cualquier medio, de información clasificada”, que se conozca tanto porque la propia ley lo otorga, como por un “acceso fortuito”. El régimen sancionador no recoge excepciones en el régimen sancionador, pero sí establece “proporcionalidad” en el castigo y “criterios de graduación”. Entre ellos, “el ejercicio del derecho a la libertad de información”. El proyecto adolece así de los mismos problemas que ya criticaron las ONG en la pasada legislatura, y dificulta tanto la labor de los periodistas, que pueden ser sancionados por publicar secretos oficiales, como para los llamados 'whistleblowers', personas que difunden una información a la que tienen acceso por motivaciones morales o políticas, como pueden ser Julian Assange o Chelsea Manning.