La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por mayoría de seis votos a tres no atraer el caso sobre la suspensión de corridas de toros, lo que significa que no fijará un criterio nacional sobre este tema, como habían solicitado grupos animalistas.LEE ADEMÁS: La Cámara de Diputados votará el martes las reformas a la Ley de AmparoDebido a que los tribunales en los estados han fallado de formas diferentes sobre este tema, la ministra Lenia Batres propuso atraer el caso, para que desde el máximo órgano judicial se resolviera un criterio que permita a los jueces resolver sobre la prohibición de corridas de toros.En el caso de la Ciudad de México, las corridas de toros están suspendidas debido a que un juzgado concedió un amparo a un grupo de activistas, pero el tema está pendiente, porque faltan resoluciones de tribunales colegiados y ahora la Corte no intervendrá.Al exponer el caso, la ministra Lenia Batres Guadarrama argumentó que el asunto tiene relevancia social y jurídica, ya que las corridas de toros han sido objeto de debate nacional y de cambios legislativos y por ello la SCJN debería establecer una postura definitiva.“Se refiere a la suspensión de actos relacionados con la celebración de espectáculos taurinos. Es un tema que se ha debatido fuertemente en nuestro país, que ha tenido muchos cambios legislativos y en los que la Corte no ha terminado de definir un criterio único. Me parece a mí que es importante que se atraiga”, precisó.En su intervención, subrayó que el papel de la Corte no es el de permanecer pasiva ante las tensiones sociales, sino el de orientar, con base en la Constitución y los derechos humanos, el rumbo moral y jurídico del país. Y tiene razón. México vive un momento histórico de redefinición, el Estado se fortalece frente a los intereses privados, la justicia social se impone sobre el privilegio y la sensibilidad humana se abre paso ante la indiferencia.Y es que, en el país hay diversas posturas en torno a las corridas de toros, pues mientras en algunas entidades se ha legislado para prohibirlas, en otras están permitidas sin restricción y en algunas más están suspendidas por amparos.Por ejemplo, en Jalisco están suspendidas por un amparo colectivo, lo mismo que en algunos municipios del Estado de México.En la Ciudad de México, en junio de 2022, el juzgado primero de distrito en Materia Administrativa concedió una suspensión definitiva contra las corridas en Plaza México, tras un amparo promovido por la asociación Todas y Todos por Amor a los Toros. Pero en diciembre de 2023, la segunda sala de la SCJN revocó la suspensión, permitiendo la reanudación de espectáculos taurinos.En enero de 2024, se presentó un nuevo juicio de amparo contra la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos y el Reglamento Taurino del Distrito Federal, pero en marzo de este año se aprobó en el Congreso local una reforma histórica que prohíbe las corridas de toros con violencia.Actualmente no se han realizado corridas de toros bajo esta modalidad, debido a que los empresarios han considerado que no representa la esencia de esta actividad.The post SCJN decide no atraer amparos sobre la prohibición de corridas de toros first appeared on Ovaciones.