Las claves del decreto contra la universidad privada:4.500 alumnos en 6 años, un 10% de alojamiento oaval bancario

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Diana Morant ha aprobado el decreto contra los «chiringuitos educativos», término que empleó Pedro Sánchez para referirse a la universidad privada. La norma pretende frenar la proliferación de campus que no dependen directamente del Estado. Se justifica como una medida para «defender la calidad, equidad y prestigio» del sistema universitario español. En los último 20 años, se han creado 24 nuevas universidades privadas y ninguna pública. Hay 50 universidades públicas y 46 privadas. El aumento del alumnado, ha dicho la ministra, lo están absorbiendo casi en exclusiva las privadas. El 30% de los alumnos en España estudia ya en estos centros que no dependen del Estado. Morant ha incidido en que un tercio de los grados en ciencias de la salud se presta en la privada, así como dos de cada tres másteres en esta rama. «Los estudiantes no prefieren ir a la privada, pero la pública no tiene suficientes plazas que ofrecer debido a la infrafinanciación de las comunidades», ha referido la ministra de Universidades. «Las elevadas notas de corte hacen que la privada se perciba como elitista», afirmó. «La universidad pública, como ascensor social se está quebrando». Morant también quiso atacar la ley universitaria de Ayuso en la comunidad de Madrid. El Gobierno, dijo Morant, actúa para que las privadas no puedan «aprovechar la oportunidad de negocio» que están dejando las públicas. La norma incorpora varios requisitos que dificultarán la apertura de nuevas universidades. El primero de todos es la necesidad de un 'visto bueno' por parte de las agencias de calidad autonómica o la ANECA (Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación) que antes no era necesario y que será recabado de oficio por la comunidad autónoma. Cualquiera que quiera abrir una nueva universidad privada tendrá que presentar una memoria y recibir el informe favorable de estas agencias. Luego habrá otro informe elaborado por el Ministerio de Universidades que se elevará a la Conferencia General de Política Universitaria (CGPU), preceptivo pero no vinculante. Esto quiere decir que es obligatorio emitirlo, pero en caso de ser negativo no paralizará ninguna apertura. De hecho, este es uno de los puntos en los que los de Diana Morant han tenido que recular por exigencia del Consejo de Estado, puesto que este informe también iba a ser vinculante. Las universidades privadas tendrán que alcanzar, en un plazo de seis años desde el inicio de su actividad, un mínimo de 4.500 alumnos matriculados. Este plazo ha sido flexibilizado en el texto final del decreto, puesto que en un primer momento se les daba 5 años para llegar a esa cifra. El límite ha sido intensamente criticado y juzgado como arbitrario, así como un impedimento para la especialización y no necesariamente sinónimo de calidad . Lo cierto es que este diario pudo saber que la línea roja en los 4.500 alumnos coincidía, casualmente, con los matriculados en la universidad pública más pequeña de España, la de la Rioja. Así, toda la pública quedaba 'salvada'. Tanto las universidades públicas como las privadas tendrán que adquirir, para su creación o reconocimiento, el compromiso de disponer de una capacidad mínima de alojamiento estudiantil equivalente al 10 por ciento de las plazas de estudiantes universitarios de titulaciones oficiales, previstas en la memoria para el cuarto año de funcionamiento de la universidad o el quinto año en el caso de que se previeran en la referida memoria dobles titulaciones. Este punto también ha sido discutido, puesto que desde las universidades consideran que es más una exigencia que deberían asumir ministerios como el de Vivienda antes que el de Universidades, que se supone ha de velar exclusivamente por la excelencia académica. Las universidades deberán disponer de una oferta académica conformada, al menos, por diez títulos oficiales de Grado , seis títulos oficiales de Máster y tres programas oficiales de Doctorado . En el total de esta oferta académica deben estar representadas al menos tres de las cinco ramas de conocimiento existentes (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura). Este requisito también ha sido cuestionado y tildado de arbitrario, puesto que es contrario a la especialización universitaria. Si, por ejemplo, una universidad está centrada en la rama económica, ahora deberá ofrecer titulaciones en otras dos ramas del conocimiento. Por otra parte, después de seis años del inicio de las actividades académicas oficiales de una universidad, los alumnos de grado o doble grado deberán suponer como mínimo el 50% del total de alumnos matriculados. Una universidad no podrá, por ejemplo, tener un 60% de estudiantes de máster y un 40% de grado. La distribución tendrá que ser 50% grado-50% máster. Hay una pequeña salvedad, cuando más del 50% de estudiantes matriculados sean extranjeros, se podrá ofrecer un 75% de plazas para alumnos matriculados en máster y un 35% para grado. El decreto que aprueba hoy Diana Morant exige que aquel que quiera abrir una universidad privada cuente con un aval bancario depositado en la Caja General de Depósitos o un instrumento legal similar. Sin embargo, el Ministerio de Universidades ha tenido que eliminar la parte del decreto en la que se exigía que los promotores tuvieran experiencia en la gestión universitaria para poder abrir un nuevo centro. Esta era una de esas observaciones de carácter esencial que introdujo el Consejo de Estado en su dictamen y que Morant ha tenido que obedecer. Además, el decreto obliga a las universidades a destinar el 5% de su presupuesto anual a la investigación y ha contar con 50% de doctores y doctoras para el conjunto de enseñanzas sobre la totalidad de la plantilla de profesorado. El texto final ha flexibilizado algunas exigencias para el País Vasco que sí que tendrán que cumplir las demás autonomías: las universidades con una oferta de estudios mayoritariamente online serán de competencia estatal, exceptuando aquellas que cumplan uno de estos tres requisitos: las que cuenten con precios públicos fijados por cada comunidad autónoma (como la Universidad Oberta de Cataluña); las que tengan su sede en territorios con lengua propia cooficial y cuando al menos el 50% de la docencia se vaya a impartir en dicha lengua. Por último, las que tengan financiación parcial de la comunidad autónoma, con un mínimo del 20% del presupuesto de la universidad. Las universidades virtuales, cuya docencia sea online en más del 80%, y con sede social en España tendrán que cumplir el requisito de que e l 75% de su personal docente e investigador resida en España o en algún país de la Unión Europe a . Es decir, una universidad online no podrá, por ejemplo, tener a un 30% de sus profesores impartiendo las clases desde Estados Unidos. Este punto, como la alertaba el Consejo de Estado en su dictamen, podría provocar choques con Europa y atentar contra la libre circulación.