El Gobierno legaliza el cannabis para su uso medicinal

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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Sanidad, un Real Decreto que regula el uso de fórmulas magistrales elaboradas a partir de preparados estandarizados de cannabis con fines medicinales. La norma, solicitada por la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, busca integrar el uso del cannabis medicinal en el sistema sanitario bajo criterios científicos y de control sanitario.El texto establece un marco normativo basado en la evidencia científica y en la seguridad clínica. Aunque el cannabis continúa siendo una sustancia fiscalizada internacionalmente, diversos organismos han reconocido su utilidad terapéutica en determinadas patologías, como la espasticidad asociada a la esclerosis múltiple, algunas formas graves de epilepsia refractaria, los efectos secundarios de la quimioterapia o el dolor crónico resistente a tratamientos convencionales.En estos casos, las fórmulas magistrales derivadas de preparados estandarizados de cannabis se presentan como una opción terapéutica cuando los medicamentos existentes no resultan eficaces. Su utilización estará sujeta a una estricta supervisión médica y farmacéutica, con el objetivo de garantizar la seguridad del paciente y la trazabilidad del producto.El decreto no incluye un listado cerrado de indicaciones médicas. Será la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) la encargada de definir, en un plazo de tres meses, las condiciones de uso, elaboración y dosificación en las monografías del Formulario Nacional. Este sistema permitirá la actualización de las indicaciones según los avances científicos y la evidencia disponible, con la posibilidad de incorporar nuevas aplicaciones en el futuro.Prescrito por un médicoLas fórmulas deberán ser prescritas únicamente por médicos especialistas del ámbito hospitalario y elaboradas en servicios de farmacia hospitalaria autorizados, conforme a las Normas de Correcta Elaboración. Además, se creará un registro público, gestionado por la AEMPS, que incluirá todos los preparados estandarizados utilizados en estas fórmulas. Dichos productos deberán cumplir criterios de calidad, trazabilidad y fabricación, y estarán sujetos a fiscalización adicional cuando contengan más del 0,2% de THC.El seguimiento clínico corresponderá tanto al médico prescriptor como al servicio de farmacia hospitalaria, que deberán evaluar la eficacia del tratamiento y los posibles efectos adversos. En situaciones de vulnerabilidad o dificultades de acceso, las comunidades autónomas podrán habilitar mecanismos de dispensación no presencial. Con esta medida, el Gobierno pretende avanzar hacia un modelo sanitario más personalizado y basado en la evidencia, ofreciendo alternativas terapéuticas a los pacientes que no responden a los tratamientos convencionales.