Ministro de Hacienda está obligado a asistir a la Junta del BanRep, dice el gerente

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Germán Ávila, ministro de Hacienda, dijo que ni él ni el Gobierno "están obligados a absolutamente nada". Fotos: Presidencia y BanRepA pesar de lo dicho hace minutos y de la pelea que tuvo en la jornada de este 31 de marzo, el ministro de Hacienda está obligado a asistir a la Junta del BanRep.Según Germán Ávila, titular de la cartera, ni él ni el Gobierno «están obligados absolutamente a nada» cuando se le preguntó por su eventual falta a próximas reuniones del emisor.Sin embargo, en rueda de prensa, el gerente del Banco de la República, Leonardo Villa, afirmó: «Mi entendido, pero es mejor que lo expliquen los abogados, es que es una obligación del ministro de Hacienda atender las sesiones de la Junta Directiva y debe haber una sesión al mes, por lo menos». A renglón seguido, anotó que, en caso de que el MinHacienda no pueda asistir a las reuniones por un tema de fuerza mayor, se debe nombrar a un ministro ad hoc. Leonardo Villar, gerente del BanRep, aseguró: "Mi entendido, pero es mejor que lo expliquen los abogados, es que es una obligación del ministro de Hacienda atender las sesiones de la Junta Directiva y debe haber una sesión al mes por lo menos".Esto en referencia a que Germán… pic.twitter.com/Ng7n4Lrtpb— Valora Analitik (@ValoraAnalitik) March 31, 2026Eso sí, Villar fue enfático en su mensaje al Gobierno: «Tengo la esperanza de no haya ninguna ruptura (…). Hubo una situación incómoda, pero espero que esto no pase de ahí y volvamos a tener las relaciones cordiales que hemos tenido tradicionalmente con este ministro y todos los ministros en la historia del BanRep al menos desde 1991».¿Por qué el ministro de Hacienda está obligado a asistir a la Junta del BanRep?Los comentarios del gerente se suman a lo escrito en los estatutos del BanRep, que señalan que sí o sí debe estar presente el MinHacienda.«Artículo 35. Quórum y sistema de votación. La Junta Directiva solamente podrá sesionar, deliberar y decidir con la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el Ministro de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá«, dicen los estatutos.Y agrega: «Las decisiones sólo podrán tomarse con el voto favorable de mínimo cuatro de sus miembros, salvo la aprobación de créditos o garantías a favor del Estado, que requerirá de la unanimidad de todos sus miembros».«