Confirmado por un tribunal: los días de asuntos propios perdidos tras una baja médica larga

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Un reciente fallo del Juzgado de lo Social número 3 de Valladolid ha emitido una sentencia aclaratoria de gran relevancia en el ámbito laboral, impactando directamente en las expectativas de los trabajadores respecto al disfrute de los días de asuntos propios tras periodos prolongados de incapacidad temporal (IT). La resolución judicial establece de manera definitiva que, un trabajador que ha permanecido en situación de baja médica durante todo un año, carece del derecho a disfrutar esos días de permiso por asuntos propios en el ejercicio siguiente, así como a recibir una compensación económica por ellos. Esta decisión subraya una diferencia fundamental entre las vacaciones anuales retribuidas y los permisos por asuntos propios, conceptos que, aunque ambos son beneficios laborales, persiguen finalidades y poseen regulaciones distintas.Seguir leyendo....