¿Qué hacer si las cuotas de administración en conjuntos residenciales subieron más que el 23 % del salario mínimo?

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Conjuntos residenciales. Imagen: Valora AnalitikSi las cuotas de administración en conjuntos residenciales subieron más que el 23 % del salario mínimo, los propietarios pueden utilizar algunas herramientas legales para pedir la revisión de la decisión.Lo anterior considerando que si se dio esta aprobación fue porque la mayoría de los propietarios en el conjunto así lo aceptaron. Sin embargo, hay mecanismos para aquellos que no estuvieron de acuerdo con el aumento.Foto: conjuntolacascada.com.coLo primero que habría que tener en cuenta es que, si las cuotas de administración en conjuntos residenciales subieron más que el 23 % del salario mínimo, no procede una demanda sobre la decisión.La normativa local dice que se tiene que solicitar la impugnación de las decisiones de la Asamblea. Lo anterior sobre la base de que si la asamblea aprobó el presupuesto y el coeficiente de copropiedad está correctamente aplicado, el valor es de obligatorio cumplimiento, por lo que se entraría a revisar si el proceso de aprobación violó la ley o los estatutos.Esto se puede hacer si las cuotas de administración en conjuntos residenciales subieron más que el 23 % del salario mínimoDerecho de Inspección: Antes de la asamblea, el propietario tiene derecho a revisar los libros contables y las cotizacionesParticipación en la Asamblea: Se debe manifestar la inconformidad durante la reunión y pedir que conste en el actaCómite de Convivencia o Mediación: Se puede solicitar una reunión con el consejo de administración para entender el desglose del gasto (seguridad, servicios, fondos de reserva)Impugnación Judicial: Si la decisión ya fue tomada y se considera ilegal, se cuenta con un término de dos meses a partir de la publicación del acta para presentar una demanda de impugnación ante un Juez Civil MunicipalImagen: Generada con IA de GeminiRecomendado: Gobierno Petro emitió el documento clave que indica cuánto debe ser el aumento de las cuotas de administraciónCualquier decisión, sobre si las cuotas de administración en conjuntos residenciales subieron más que el 23 % del salario mínimo, debe sustentarse con base la Ley 675, que estipula que la participación en las expensas comunes es proporcional al coeficiente de copropiedad.