Así es el permiso climático: se puede no ir a trabajar si existe alerta roja decretada

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La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, a través de la Dirección General de Trabajo, recuerda, ante la situación de alerta roja climatológica por lluvias y tormentas en la Comunidad Valenciana , que los trabajadores tienen el derecho a no asistir a su puesto en caso de emergencia declarada. Así, se recuerda que los trabajadores pueden acogerse al llamado «permiso climático» recogido en el Real Decreto-ley 8/2024. Se trata de un permiso retribuido que permite a los trabajadores ausentarse hasta cuatro días de su puesto en caso de riesgos graves o alertas climáticas severas que impidan el acceso al trabajo. El permiso es de hasta cuatro días, pero puede prorrogarse mediante un ERTE por fuerza mayor si la situación lo requiere. Los trabajadores pueden acogerse a este derecho para evitar desplazamientos en situación de peligro . Por tanto, desde la Autoridad Laboral se subraya la importancia de garantizar la seguridad y la integridad física de los trabajadores. Además, se insta a las empresas a primar la modalidad de trabajo a distancia cuando sea posible y el trabajo en cuestión lo permita y siempre que las condiciones de las comunicaciones lo hagan viable. Asimismo, la dirección general de Trabajo recuerda que si la empresa tiene prevista la condición de teletrabajo , el trabajador debe de prestar su servicio de esta modalidad. En caso de que el centro de trabajo no esté preparado para poder ofrecer a sus empleados la posibilidad de teletrabajar, el personal debe de notificar a la empresa la imposibilidad de acudir a su puesto y las circunstancias que lo han provocado.