Estos son los cambios clave a los contratos por prestación de servicios que ya aplican

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Esto cambiaría para los trabajadores. Imagen: Tomada de la cuenta en X del MinTrabajoLa entrada en marcha de la reforma laboral dispuso importantes modificaciones para los contratos por prestación de servicios en Colombia, una de las modalidades más significativas de vinculación del mercado laboral.De acuerdo con la iniciativa, son necesarias las modificaciones en la medida en que este tipo de vínculos suelen eliminar derechos laborales y salariales.Imagen: Cuenta oficial en X de la ANILos contratos por prestación de servicios en Colombia, entre sus cambios más significativos, tienen en cuenta lo que pase con el tiempo permitido de renovación.Justamente uno de los cambios más importantes es prohibir la renovación de estos acuerdos más allá de cuatro años consecutivos, momento en el que pasaría a ser un contrato a término indefinido.Micro empresas. Foto: Cortesía Ministerio de ComercioOtras modificaciones para los contratos por prestación de servicios en ColombiaSe lee en la nueva norma que esta ley busca limitar el uso de contratos de prestación de servicios y otros contratos civiles o mercantiles para actividades que, por su naturaleza, son permanentes y subordinadas en empresas privadas.Agrega la nueva ley que habrá conversión a contrato laboral formal si hay subordinación. Esto quiere decir que, si un contrato de prestación de servicios cumple con las características de una relación laboral, se debe considerar un contrato laboral formal. Incluyendo a favor del trabajador todas las prestaciones sociales y garantías de ley.De esta manera, un contrato de prestación de servicios que se transforma a uno laboral formal obliga a las empresas a pagar retroactividad de las prestaciones sociales, es decir, no tendrán que cubrir las prestaciones sociales de los periodos anteriores.Foto: tomada del Facebook de la Registraduría Nacional del Estado Civil de ColombiaRecomendado: ¿Cuándo deja de bajar la jornada laboral en Colombia?Finalmente, para los trabajadores en plataformas digitales, se incluye el acceso a la seguridad social con aportes compartidos con las empresas de plataformas digitales.