Cielo Rusinque, vuelve a ser superintendente de Industria y Comercio . Foto: Twitter Presidencia.A menos de 10 días de haber salido de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) como consecuencia de un fallo del Consejo de Estado, Cielo Rusinque regresa a esta entidad con un nuevo decreto.A mediados de marzo de este año el alto tribunal dejó sin validez el nombramiento de Rusinque, pues desconoció los estándares de idoneidad técnica que Colombia integró, siguiendo recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde).El fallo dejó claro que para dicho cargo se requiere de un nivel de formación superior, y una experiencia profesional relacionada, la cual Rusinque no acreditó.Sin embargo, días antes el presidente Petro había expedido una nueva norma que eliminó los requisitos específicos para estos cargos, que fueron determinados hace una década en línea con las recomendaciones de la Ocde.Relacionado: Ahora | Tumban nombramiento de Cielo Rusinque en la SIC, pero Petro firmó decreto con el que la podría volver a designarSuperintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque. Imagen: Cortesía Amcham.Qué dice el decreto que volvió a nombrar RusinqueCon lo anterior, los requisitos para nombrar superintendentes de Industria, Financiero y Sociedades se regirán, ahora, con la misma tabla de los empleos de nivel directivo del Estado.A finales de marzo, la nuevamente funcionaria del Gobierno Petro presentó su renuncia como superintendente de Industria y Comercio; y de paso se nombró en encargo a Diego Solano.Relacionado: Cielo Rusinque sale de la SIC tras fallo del Consejo de Estado; Gobierno nombra encargadoAhora, en un decreto del primero de abril de 2026, se volvió a nombrar a Rusinque como cabeza de la SIC. Dentro de los argumentos se menciona que la Ley 996 establece que “se suspenderá cualquier forma de vinculación que afecte la nómina estatal, en la Rama Ejecutiva del Poder Público, durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la segunda vuelta, si fuere el caso”.Sin embargo, retoma una sentencia de la Corte Constitucional que «considera que la prohibición de suspender cualquier forma de vinculación que «afecte» la nómina estatal hace referencia a la imposibilidad de creación de nuevos cargos y a la provisión de los mismos, salvo que se trate de solventar situaciones tales como renuncia, licencia o muerte que sean indispensables para el cabal funcionamiento de la Administración Pública».También menciona un concepto de la Sala de Servicio Civil del Consejo de Estado según la cual “en el evento en que se presenten cargos vacantes en las plantas de personal de las entidades públicas por renuncia, licencia o muerte de la persona que lo desempeña, para solventar esa situación pueden hacerse los nombramientos correspondientes cuando quiera que resulten indispensables para la buena marcha de la administración”.Este concepto cobija la renuncia de un ministro, o de un viceministro, o de un secretario general en un ministerio, o un director de departamento administrativo, o un superintendente, o un director de entidad descentralizada.