Solamente estas personas pueden cambiarse de fondo de pensión en Colombia: Aplica para Colpensiones

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Imagen: ColpensionesUn nuevo choque entre fondos privados y el gobierno Petro se da en medio de la propuesta del gobierno Petro de trasladar, de inmediato, los ahorros de pensión en Colombia de aquellos aportantes que decidieron aprovechar la venta de traslados de la reforma al sistema de jubilaciones.La idea, dice Asofondos, pone en riesgo estos recursos, que son propiedad de los aportantes, en medio de la incertidumbre por lo que decida la Corte Constitucional sobre la reforma pensional.Pensionados en Colombia. Imagen: Alcaldía de IbaguéMientras esto ocurre, la ventana de cambio de fondo de pensión en Colombia se mantiene para algunas personas, incluso para quienes, por la ley vigente, no debería poder hacer el cambio.Recuerda Asofondos que el artículo 76 de la ley 2381 de 2024 permite a los colombianos que están a menos de 10 años de pensionarse o, incluso, que ya tienen edad de pensión, trasladarse entre los regímenes pensionales de la ley 100.Pensionados en Colombia. Foto: Valora AnalitikRequisitos para hacer el cambio de pensión en ColombiaEsto último se puede dar siempre y cuando al 30 de junio de 2025, hubieren tenido 750 semanas cotizadas siendo mujeres o 900 semanas siendo hombres.“Este artículo fue exceptuado de la suspensión que hizo de la reforma la Corte Constitucional en su Auto 841 de 2025. Por lo tanto, está produciendo efectos”, recuerdan desde Asofondos.Datos de ese gremio exponen que los fondos privados de pensión en Colombia han reportado el traslado de 118.000 personas, con ahorros que acumulados suman casi $25 billones.Esa venta de traslado, hay que recordar, estará vigente hasta el 16 de julio de este año, salvo que la Corte Constitucional amplie el plazo dado el estudio que hace sobre el proyecto avalado en el Congreso.Imagen: Suministrada por Prosperidad SocialRecomendado: La billonaria cifra que recibiría el gobierno Petro por traslados de ahorros de fondos privados a ColpensionesMás allá de lo avalado por la reforma, los trabajadores también pueden hacer el cambio de régimen siempre que hubieran permanecido cinco años en el régimen actual, y habiendo cumplido también la doble asesoría para establecer cuál podría ser la mejor opción con base en el historial laboral.